viernes, 14 de diciembre de 2012

No me llames SAREB, llámame SENPA

Se van cumpliendo los pronósticos sobre la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (oficialmente la SAREB, el banco malo para todos los demás). Ayer entraron los primeros capitalistas privados que, en conjunto, mantendrán una proporción del capital superior a la del Estado a través del FROB. La intención es clara por parte de nuestro Gobierno: ver si la gran emisión de deuda que tendrá que realizar la SAREB para financiar la adquisición de los 59 mil millones de euros de activos que pretende adquirir de las entidades nacionalizadas, por el momento, no le computa como deuda pública, bajo la excusa de que no controla la sociedad.

En principio, parece dudoso que pueda mantenerse que el Estado no controla la SAREB sólo porque no tiene la mayoría del capital. Bastaría con aplicar a los entes públicos las mismas normas contables que a los entes privados para que no pudiera mantenerse dicha ficción. En cualquier caso, las autoridades están acostumbradas a eso porque, por ejemplo, el pasivo por pensiones no forma parte de su endeudamiento como si lo forma, sin embargo, de las compañías privadas.

La SAREB siempre me ha parecido un invento parecido al antiguo Servicio Nacional de Productos Agrarios (SENPA), que era un instrumento para la ordenación de la producción y distribución, así como para el control de los precios, de los productos agrarios y sus derivados. En este caso, después del desastre al que nos han conducido las políticas públicas incentivadoras del mercado de la construcción (crédito fácil del BCE, regulación de solvencia favorecedora del crédito para la promoción y adquisición de vivienda, incentivos fiscales a la compra y normativa urbanística favorable a la financiación de los entes locales por este mecanismo…) se introduce un nuevo mecanismo político para evitar la corrección inevitable que lleva pidiendo desde hace, al menos, cinco años la libertad de mercado.

Sin la existencia de la SAREB/SENPA, que almacenará en sus silos durante quince años, las entidades se habrían visto obligadas antes a vender inmuebles y la corrección de precios ya se habría producido. Cuantos más impedimentos se ponen a que dicha corrección se realice de manera rápida y profunda, perjudique a quien perjudique, los perjuicios finales pueden llegar a ser peores que lo que se intenta remediar. Algo así como oponerse artificialmente a los fenómenos naturales, en lugar de canalizar su fuerza de manera positiva, en este caso en favor de los que quieran adquirir una vivienda.

La SAREB, además, se convertirá en una nueva institución del tan criticado maridaje entre las autoridades económicas y el sistema bancario. Los representantes de la banca en esta sociedad pueden entrar en conflicto de intereses claros. Es posible que prefieran malos resultados en la inversión que ahora está practicando a cambio de que los mercados no se inunden con los activos adquiridos por esta tenedora de inmuebles. Caídas fuertes de los precios pueden deteriorar sus resultados, en un primer momento, y sus cifras de capital y, por ende, de solvencia en un segundo. Esta especie de SENPA inmobiliario tiene la capacidad, a costa de la prima de riesgo de toda la deuda estatal española (622 mil millones de euros), de sostener la cartera de inmuebles el tiempo que haga falta y no a costa, como suele decirse, del fantástico (que lo es) tipo de interés de la ayuda europea. Lo que no pagamos a la UE, lo estamos pagando varias veces en la contaminación que este nuevo endeudamiento provoca en el, ya excesivo, de nuestro Estado.

La nota de ayer de nuestras autoridades sólo habla de entidades españolas en el accionariado. No es buena noticia. O mejor dicho, es la constatación de que los inversores extranjeros, que también nos habrían venido, no han querido entrar porque exigían otras valoraciones de los activos adquiridos o entrar en el capital con descuento. Sólo las entidades con intereses bien en sostener el mercado inmobiliario español, bien sujetas a la presión de nuestras autoridades, bien las dos cosas, forman parte del accionariado de la SAREB que tanto nos recuerda al dirigismo económico que nunca abandonamos aunque se nos llene la boca con la palabra libertad. Pero es que la libertad tiene consecuencias y no las queremos asumir.

sábado, 6 de octubre de 2012

El 'Banco malo' y los precios correctos

Nos decía hace un par de días el señor de Guindos que el Banco Malo abaratará el precio de la vivienda. Es verdad, pero para abaratar el precio de la vivienda no nos hace falta dicha institución sino sólo dejar actuar a las fuerzas del mercado. Las entidades tienen muchos inmuebles que no les rentan nada y, además, les generan costes, por lo que lo razonable es que los vayan vendiendo no a lo que dicen, o dijeron, que valen, sino a lo que les quieran dar por ello los adquirentes. Hasta ahora el mercado no ha funcionado, como solución a esta acumulación de activos en las manos de los bancos, simplemente porque no se le ha dejado funcionar.

No cabe duda de que el señor de Guindos, en su corta trayectoria como Ministro de Economía y Competitividad, lo ha intentado con alguna de sus medidas pero, al final, le ha podido eso que llaman la faceta de hombre de Estado, que no es sino como llamamos al temor que infunde siempre la libertad de los agentes económicos en nuestras autoridades. Los dos primeros reales decretos leyes aprobados por iniciativa del ministro iban en la buena dirección para corregir la actitud de algunas entidades.

En concreto dichas normas forzaban, mediante el obligado reconocimiento contable de unos fuertes deterioros en las carteras de inmuebles adjudicados, a vender dichos inmuebles como modo de reducir sus pérdidas. Al fin y al cabo, mantenerlos en balance, evitando la venta, ya no era una estrategia que permitiera no reconocer las pérdidas y si, por casualidad, el mercado valoraba más los activos adjudicados que lo que lo hacían dichos reales decretos-leyes, la venta generaba beneficios. Las normas se complementaban con plazos que, por motivos fiscales o contables, incentivaban, además, dichas ventas.

Sin embargo, el Gobierno se despachó con un tercer real-decreto ley por el que creaba una Sociedad de Gestión de Activos (SGA) bajo la órbita el FROB. Sociedad a la que las entidades necesitadas de ayuda pública debían aportar sus inmuebles. Esta SGA, el banco malo, se pretende ahora capitalizar en más de un 50% con capital privado para evitar que su deuda compute como pública. La SGA, por lo que anticipan las autoridades, pretende realizar la liquidación de los activos que adquiera en un plazo de quince años, lo que evitará una caída brusca de los precios de los inmuebles a diferencia de lo que cabía pronosticar que sucedería si no se hubiese optado por su constitución, la de la SGA, y se hubiese dejado a las entidades en la necesidad individual de liquidar rápidamente sus activos adjudicados.

La nueva situación es una vuelta parcial a la que intentaron desmontar las dos primeras medidas de De Guindos. Entonces, las entidades con más dificultades retenían los inmuebles para evitar enfrentarse a los precios que el mercado comenzaba a ofrecerles. Además, la ausencia de transacciones suficientes impedían la tasación de los bienes y, por tanto, sus valoraciones contables eran más difícilmente discutibles, aunque todos tuviéramos el convencimiento de que no eran correctas.

Sin embargo, como he argumentado en esta tribuna con anterioridad, la entrada de capital privado en la SGA sólo puede producirse si las compras están hechas a precios correctos o si, los capitalistas, adquieren sus acciones en dicha SGA a precios de favor. Ningún aportante privado de capital va a estar dispuesto a entrar en la sociedad para obtener una rentabilidad que, aunque sea positiva, sea inferior a la que corresponde a las características de la operación. Tal vez por eso, también se ha hablado de que estos socios del Gobierno en el Banco Malo puedan aportar sus propios adjudicados: la compensación al buen precio pagado a las entidades en dificultades o se hace extensiva a los accionistas en el precio al que adquieren sus acciones o se les hace en el precio que se les paga por los inmuebles que aporten.

No hay otra solución. Lo demás es querer chupar y soplar a la vez, lo que es a todas luces imposible.
Las inconcreciones que respecto del Banco Malo se achacan al Gobierno vienen de esta intención de buscar objetivos incompatibles: una liquidación de los activos dañados en condiciones distintas de las de mercado que no sean asumidas en su totalidad, ni por las entidades beneficiarias de ayuda pública, ni por el Estado. No es que el mercado no funcione, sino que no funciona como quieren las autoridades. La finalidad del Estado puede ser redistribuir riqueza, pero la de las entidades privadas no. No se empeñe señor Ministro, usted lo sabe bien: no hay círculos de cuatro lados.

lunes, 1 de octubre de 2012

Diferencias de gestión

Las cifras del denominado rescate bancario español, es decir de las necesidades de capital de nuestras entidades financieras para alcanzar los mínimos recursos propios requeridos para poder operar, publicados el viernes por el Banco de España, tras el informe de la consultora Oliver Wyman, no sorprenden a nadie. Al menos, después del anticipo que hizo la compañía privada en junio último. En aquella ocasión, cifró las necesidades entre 51 y 62 miles de millones de euros. Ahora cierra un poco la horquila: entre 54 y 59 miles de millones de euros en el escenario adverso.

La diferencia entre los extremos de dicha horquilla depende de los ahorros fiscales de que puedan disfrutar las entidades como consecuencia de las pérdidas que vienen sufriendo, así como de los que provoquen los procesos de integración en que están inmersas algunas de ellas. Por lo demás irrita la insistencia del Banco de España en que tras todo esto tendremos un sector más solvente, saneado y rentable, como si dicha situación no fuera la que, al menos esos suponíamos todos, venían buscando las autoridades hasta llegar a la actual.

Sin embargo, hay extremos en los resultados publicados que son, cuando menos, llamativos para todos aquellos que nos tenemos que fiar del estudio, dada la información escasa de que disponemos y nuestras propias limitaciones. Uno de dichos extremos es el de que entre las entidades del denominado Grupo 0, el de aquellas que no necesitarán ayuda pública bajo ninguna circunstancia, hay algunas para las que el escenario adverso (el peor) generaría un superávit mayor de recursos propios que el que se generaría en el escenario denominado base (el más probable). Dicho de otro modo, para dichas instituciones cuanto peor, mejor. No piensen que estoy sugiriendo que esto no es posible y que, por tanto, el estudio de Oliver Wyman debe ser invalidado por un error de bulto. No digo eso.

El mercado siempre genera oportunidades, si bien es más fácil para todos detectarlas y aprovecharlas cuando es alcista. Lo que digo, porque no lo sugiero, es que algunas entidades tienen una visión pesimista sobre la evolución de la situación económica durante el periodo macroeconómico del estudio (hasta finales de 2014) y sus posiciones en los mercados están estratégicamente dirigidas para conseguir beneficios en esa situación. En concreto, las entidades del Grupo 0 que se hallarían en mejor situación en el peor escenario que en el más probable, obtendrían 6.360 millones de euros de capital adicional en el primero de los escenarios. No es una broma: es un 21% más de lo que les sobraría en el escenario menos malo.

La conclusión anterior sólo puede llevarnos a otra: hay quien sabe gestionar los riesgos y hay quien no sabe. Dicho esto, comienzo a comprender cada vez menos las razones para ayudar a las entidades del denominado Grupo 1, las ya nacionalizadas, que después de todo lo que ha pasado no han sido capaces de orientar sus negocios en la crisis, como demuestra que sus necesidades en el peor caso superan a las en el mejor en 21 mil millones de euros o un 80%, si prefieren los términos relativos. Igualmente, y por los mismos motivos, me es difícil entender la ayuda pública en el Grupo 3, el de entidades que podrían no llegar a cubrir sus necesidades con capitales privados, y en el Grupo 2, aquellas otras que necesariamente tendrán que acudir a la ayuda pública.

Volviendo al comienzo, la falta de sorpresas en las conclusiones del informe afectan incluso a la actualización de las hipótesis contempladas para la realización de los cálculos. No parece razonable, aunque sólo hayan pasado tres meses, mantener las mismas hipótesis. Sobre todo, porque el transcurso de estos tres meses ya demuestra que algunas de las mismas se alejan mucho de la realidad que se va concretando.A estas alturas del año 2012 no se puede mantener la media anual del Euribor a 12 meses en el 1,6% para todo el 2012 ni, dadas las expectativas que cotizan en las curvas de tipos de interés de los mercados, utilizar niveles del 1,5% o del 2,5%, según el escenario que se tome, hasta el final del periodo de estudio. Lo mismo podemos decir de las hipotesis sobre inflación.

Por último, el documento publicado el viernes sigue arrojando inconcreciones sobre la Sociedad de Gestión de Activos (SGA) que gestionará el FROB para las entidades que necesiten ayuda pública. Algunas de esas inconcreciones producen, cuando menos preocupación. Una de ellas es la insistencia sobre que las adquisiciones se realizarán, según términos textuales, a precios de transferencia calculados con parametros conservadores. Lo que es tanto como decir que, los precios a los que la SGA adquiera los bienes inmuebles a las entidades beneficiarias de ayuda pública, nada tendrán que ver con los que se alcanzarían en un mercado libre de la interferencia pública o, lo que es lo mismo, que las ayudas públicas podrán disfrazarse de precios de favor. Sin embargo, hay una advertencia que resulta interesante en el documento respecto de la SGA: habrá que establecer un tamaño máximo de la misma. En si misma, es una declaración a la vez culpable y tranquilizadora. Culpable porque muestra a las claras que hay ayuda pública en las compras que haga la SGA, pues de otro modo no hay por qué limitar nada. Tranquilizadora porque el Estado limita dicha ayuda.

Por lo demás, dado que el documento reconoce que las entidades podrán acudir al mercado para allegar recursos mediante la venta de sus activos y la emisión de títulos de capital, como modo de reducir, y en su caso evitar, como en el Grupo 3, la ayuda pública. ¿Por qué no las dejamos acudir a dicho mercado hasta las últimas consecuencias?

jueves, 20 de septiembre de 2012

El 'Banco malo', aún peor

Seguimos pendientes de un desarrollo reglamentario de la sociedad tenedora de activos inmobiliarios que, como consecuencia del Real Decreto-ley 24/2012, el tercero de los de Guindos, pretende crear el FROB para recoger los activos de las entidades beneficiarias de financiación pública. Es decir: nos faltan los detalles del banco malo de la banca mala. También nos falta el de las sociedades tenedoras de activos que deberá constituir el resto del sector.
En este segundo caso, el de los bancos malos de la banca buena, bastaría con que se despejasen algunas dudas por parte de los responsables del Banco de España y del Ministerio de Economía.

En concreto, se necesitaría saber, al menos, si el deber de aportar los inmuebles provenientes de la financiación de la promoción inmobiliaria es limitativa o si, por el contrario, pueden aportarse inmuebles procedentes de impagos distintos de los de los promotores o, incluso, créditos dudosos. Todo esto lo necesitamos saber antes de que acabe el año y la obligación de constituir las correspondientes sociedades de cada institución.

En el primero, el del banco malo de la banca mala, lo que se va sabiendo (ver El Economista de 19.09.12, pág. 8) no deja de ser preocupante, al menos para el contribuyente. Tras haber optado por el banco peor, el malo con financiación pública, ahora parece que nuestras autoridades quieren rizar el rizo y crear el banco más peor, que diría un aprendiz de español. El banco más peor tendría financiación privada, que no es lo que lo perjudica, sino la forma en que se pretende captar esa financiación y los motivos para la misma.

La motivación parece no ser otra que evitar la mayoría de capital público que obligaría a considerar el endeudamiento de dicha sociedad tenedora como deuda pública. Hasta aquí nada que oponer. El problema está en el incentivo que se pretende dar a las entidades sanas que suscriban parte del capital del banco más peor: un sobreprecio en los activos inmobiliarios con que pagarían las acciones que, a su vez, adquiriesen. Está claro que dos de los objetivos que pretendían nuestras autoridades como eran sobrepagar los inmuebles a las entidades con problemas, obligadas por otra parte a entregar sus adjudicados a la sociedad gestionada por el FROB, y conseguir capital privado para la sociedad tenedora, eran incompatibles. O, mejor dicho, eran incompatibles salvo que el capital privado adquiriese con descuento las participaciones que suscribiera.

La forma que va a tomar dicho descuento en la suscripción de los títulos de capital del banco más peor parece que va ser sobrevalorar los activos inmobiliarios aportados por el capital privado. Si todos los participes en la sociedad tenedora que va a gestionar el FROB fueran compañías privadas, nada que oponer. Sin embargo, este acuerdo, si llega a alcanzarse, favorecerá a todos los aportantes de activos, banca en dificultades y banca sana, en detrimento de los accionistas, banca sana y sector público. La banca sana, al fin y al cabo, podría llevarse lo comido por lo servido, pero el sector público no.

Ya sabemos que después de quince años, plazo que pretende el FROB como gestor del banco más peor para liquidar los activos, los inmuebles podrían venderse sin pérdidas o, incluso con beneficios. Sin embargo, se venderán con un lucro cesante, la diferencia entre el sobreprecio pagado y el que debiera haberse pagado por los activos en un mercado libre, en detrimento de los fondos públicos aportados. Una de las excusas para la creación del banco peor fue el miedo a una caída brusca del mercado, tras la constitución de las sociedades tenedoras de inmuebles a que obligaba, a cada entidad, el segundo de reales-decretos leyes de De Guindos, el 18/2012. Esta última norma imponía, además, a las entidades beneficiarias de ayuda pública, a deshacerse del control de sus bancos malos.

Así, los nuevos propietarios de los bancos malos probablemente no pagarían buenos precios por los mismos, porque su negocio estaría en vender rápidamente y en condiciones libres los inmuebles de dichos bancos. Alguien pensó entonces, como piensan siempre nuestras autoridades, que el mercado es desordenado y caótico y que esto requería del orden que siempre aporta el Estado a todo lo que hace. Así que vender los inmuebles está muy bien, pero poco a poco, no libremente, y necesita su tiempo y alguien de confianza que lo haga. ¿Quién mejor que el FROB que ha comprado el tiempo para vender ordenadamente con nuestro dinero?

martes, 4 de septiembre de 2012

A la tercera, el 'banco peor'

El portal electrónico de la Presidencia del Gobierno viene indicando desde el pasado viernes que “El Gobierno culmina la reestructuración del sistema financiero”. Recabando información sobre el Real Decreto Ley de Reestructuración y Resolución de Entidades de Crédito que anuncia dicho portal, la página que lo explica titula “Nuevo marco de reestructuración y resolución de entidades de crédito”. Ya no sólo reestructuramos los bancos, lo que venimos haciendo de manera ordena desde la creación del FROB en junio de 2009, sino que ahora los resolvemos, como si fueran un ejercicio escolar. En cualquier caso lo que más sorprende es esa culminación de la reforma bancaria que se alcanza con un tercer real decreto a la misma en menos de nueve meses con el fin de establecer un marco nuevo. No sabemos si quejarnos de la falta de estabilidad de las normas o de la necesidad que parecen tener las autoridades de hacer las cosas poquito a poco como para que no se noten, o de las dos cosas que creo que es lo que ocurren en este caso.

Vamos a dejar de lado en este artículo algunas reformas menores como la que restringe la suscripción de determinados instrumentos financieros a los inversores particulares o la que vuelve a reducir el salario máximo de los ejecutivos de las entidades que reciban ayudas financieras. Más relevantes, de menos a más, de acuerdo con un criterio de actualidad, es la modificación del porcentaje de capital principal exigido a las entidades y la creación del denominado banco malo.

Tras la reforma del Real Decreto /2010, las exigencias de capital principal a las entidades se establecieron en un 8% para el común de las entidades y para el 10% para aquellas que tuvieran problemas de liquidez. Con la nueva medida se unifica dicho requerimiento en el 9%, desapareciendo así la diferencia entre estos dos grupos de entidades. Esta exigencia de un requerimiento mayor para un grupo de entidades en dificultades de liquidez, al margen de que en casi todos los casos los problemas de liquidez provenían de la desconfianza que sobre su solvencia tenían los mercados, ha agravado la situación de estas entidades durante el tiempo que ha durado la medida, porque no cabe duda de que las fórmulas de financiación admisibles como capital principal son las más caras. Sin embargo, esta medida tendrá en el medio plazo, como todas las tendentes a incrementar las exigencias de solvencia de las entidades, un efecto negativo sobre el crecimiento del crédito.

Pero lo que más ha llamado la atención es la creación de una sociedad de gestión de activos, pendiente de desarrollo reglamentario, para las entidades que reciban apoyo público. Parece que el Real Decreto-ley 18/2012, que ya obligaba a todas las instituciones del sector a crear sociedades de gestión de activos propias no le h parecido suficiente al Gobierno. El problema fundamental en la creación de tales sociedades y la posterior aportación de activos inmobiliarios de los bancos a las mismas estaba claramente en el problema de la valoración de dichos activos, incluso después del fuerte régimen de reconocimiento del deterioro en el valor de los inmuebles aportados como consecuencia, primero, del RD-ley 2/2012 y, segundo y en menor medida, del RD-ley 18/2012.

Además, estaba el problema que creaba la exigencia de liquidación más o menos rápida de los inmuebles y de las participaciones en dichas sociedades, pues hacían temer unas caídas en los precios de los activos sacados a mercado que aumentarían los quebrantos de muchas entidades. La solución pues ha sido al final lo que vengo denominando el banco peor: el banco malo con dinero público. El Real Decreto-ley 18/2012 forzaba a todas las entidades a aportar a un banco malo privado sus activos inmobiliarios provenientes del crédito, pero las consecuencias de la correcta valoración de los activos y los problemas derivados de la liquidación de los mismos los asumía cada entidad. La nueva norma retira a las entidades con necesidades de ayuda pública los activos a una sociedad participada y gestionada por el FROB (de ahí que hayan tenido que ampliarse sus necesidades de financiación), aunque el Gobierno viene anunciando que pretende algún tipo de participación de la banca sana en la financiación de dicha sociedad.

La finalidad del banco peor es clara: que el Estado sostenga durante un plazo suficientemente largo los inmuebles en su balance. Dicho plazo tiene que permitir al banco peor contabilizar beneficios contables vendiendo más caro que el precio, probablemente de favor para las entidades, al que comprará los activos. El lucro cesante ya sabe quién lo pierde: el contribuyente.

miércoles, 1 de agosto de 2012

Cuando estábamos cerca de la tierra prometida

Nuestra balanza por cuenta corriente mejora se mire como se mire: mayo de 2012 frente a mayo de 2011, acumulado hasta mayo de 2012 frente acumulado hasta mayo de 2011. Dicho de otro modo: nuestras necesidades de hacer frente a pagos en el exterior se han reducido en un 27,4% si hacemos uso de datos acumulados y en un 78% si sólo lo hacemos de los de mayo, respecto de iguales periodos de 2011. Básicamente vendemos más turismo y compramos menos bienes y servicios.

Una evolución así de los datos debiera ser una razonable buena noticia: al fin y al cabo lo que nos estaría diciendo es que endeudándonos cada vez menos, o vendiendo cada vez menos activos, nos vamos acercando cada vez más a la autosuficiencia financiera. Bastaría reducir nuestros activos netos frente al exterior en poco más de 15 mil millones de euros, frente a casi 21 mil el año pasado, en los cinco primeros meses del ejercicio en ambos casos, para hacer frente a nuestros déficit por cuenta corriente y de capital, a nuestras obligaciones corrientes de pago.

Sin embargo, las alarmas nos saltan cuando vemos que se han reducido los activos netos frente al exterior en 177 mil millones de euros: más de 11 veces más de lo que necesitamos. Alrededor de 150 mil millones de euros de esa reducción de activos netos no corresponde a la necesidad de hacer frente a pagos, sino que es simplemente dinero que se ha marchado, de los que 115 mil millones de euros corresponde a inversores extranjeros que abandonan el país, retirándonos su confianza.

Pero es que nosotros también nos hemos retirado la confianza y hemos liquidado activos por valor de 48 mil millones de euros. En ambos caso, extranjeros y nosotros, la confianza nos la hemos retirado de manera muy acusada en el último mes de mayo, justo cuando los déficit por cuenta corriente y de capital casi del mes eran ya prácticamente nulos, como si nos hubiera faltado la fe ahora que ya casi se veía la tierra prometida.

viernes, 27 de julio de 2012

Parar, templar y mandar

Los españoles contemplamos atónitos a nuestras autoridades que, claramente, no nos sacan del marasmo económico en el que estamos. Es posible que, como insisten, no fueran ellas las que nos introdujeron en el mismo, pero lo que no podrán negar es que siempre aseguraron que nuestro bienestar económico dependía de su actuación, y está claro que no lo están logrando.

El Gobierno de la Nación no hace más que adoptar muchas medidas coyunturales en un mundo impaciente que pretende que las cosas se arreglen de manera inmediata. Todos los días se asoma al balcón del mercado, y con él los españoles, toma la temperatura y descubre que el calor, medido por la prima de riesgo, no para de subir, lo que le deja el alma helada. Comienzan unos a desconfiar del Gobierno, porque no acierta con las medidas; otros a caer en el desánimo, porque a los mercados o a la Unión Europea, hagamos lo que hagamos, nada les place. No se trata de que el Gobierno intente medidas todos los días para ver si acierta con las que nos solicitan nuestros acreedores internacionales. Se trata de que diagnostique bien el problema y lo ataje.

La visión de corto plazo que constriñe a las autoridades, porque no tienen literalmente para pagar la próxima nómina, les impide comprender que el problema es de más alcance. La clase política, además, tampoco quiere grandes cambios, porque se empieza votando una Ley de Reforma Política y terminas, como les paso a los Procuradores en Cortes en 1975, perdiendo el empleo.

España no puede sostener el Estado que tiene. Subir el IVA, quitar la deducción por adquisición de vivienda habitual, aumentar las retenciones a los autónomos y profesionales liberales, quitarle una paga extra de manera temporal a los funcionarios o incrementar temporalmente el régimen de provisiones bancarias no son reformas estructurales. No son reformas que vayan a asegurar a nuestros acreedores que seremos capaces de pagar nuestra deuda y no podemos dejar de pagarla porque todos los meses ya nos prestan dinero, no sólo para que les paguemos sus intereses, sino para que hagamos frente a otros gastos que no alcanzamos a cubrir con nuestros ingresos.

Tendremos que plantearnos la organización territorial del Estado: el Título VIII de la Constitución de 1978. No se trata de recentralizar, aplicando la teoría pendular de la Historia, aunque tampoco de no recentralizar. Se trata de ser coherentes con nuestra historia y las Comunidades Autónomas no tienen nada de históricas, ninguna de ellas, sino que son un invento muy moderno que nos ha salido muy mal, como casi todo lo que no está basado en ese proceso de prueba y error con el que se calibran las instituciones.

Tendremos que plantearnos cuál es la provisión de bienes y servicios que podemos y queremos costear con impuestos y cuál la que queremos costearnos directamente. Está claro que hay bienes y servicios que sólo el Estado puede producir y proveer: la Justicia y la Seguridad, interior y exterior. Lo demás no tiene por qué hacerlo. Ni siquiera se lo exige la Constitución actual. La Constitución de 1978 sólo le pide al Estado que asegure a los más desfavorecidos el acceso a determinados servicios, pero no que se los provea ni que los produzca.

Entre tanto, las reformas coyunturales que pudieran entenderse como señales de que se van a afrontar las estructurales deberían haber afectado a estos dos aspectos: organización territorial y bienes y servicios públicos. Algo ha habido de las segundas, que afectan al ciudadano, y nada de las primeras, de las que vive la clase política.

La otra gran reforma es la del Sistema Financiero pero en ella está más imbricada la comunidad internacional. No podemos seguir manteniendo un sistema bancario sometido a la planificación central soviética de un banco central. Un sistema bancario que financia los déficit públicos sin límites y las burbujas especulativas que, en aras del pleno empleo, siempre temporal, son favorecidas por la planificación central de la economía por parte de los gobiernos.

Al final las autoridades son corresponsables de los errores de los banqueros y, en cualquier caso, necesitan de los mismos para financiar el déficit y los bancos del privilegio legal que supone poder crear dinero de la nada a partir de una primera simiente que le da el banco central.

Las autoridades españolas y europeas parecen eso que llamamos un pollo sin cabeza. Eso no calma ni a los mercados ni a los ciudadanos. España, sabe que delante de un toro no hay que correr, aunque parezca lo más prudente, sino parar, templar y mandar.

miércoles, 11 de julio de 2012

Comprando tiempo

Todo es tan extraño y tan confuso en los últimos tiempos: las autoridades lo presentan todo de un modo y los mercados lo entienden de otro, que ya no sabe uno de que cariz son las noticias que le van llegando. Es claro que no es bueno tener que pedir prestado para poder salvar una dedicada situación financiera, como es el caso para el que se han aprobado las ayudas a nuestra banca. Sin embargo, no cabe duda de que las condiciones son buenas y el importe, finalmente, no es elevado. Aunque, más bien que de importe bajo, habría que hablar de una primera disposición de 30.000 millones de euros, que forzará a España a cumplir sus compromisos si aspira a más. La recapitalización de las antiguas cajas, se hace de manera directa, es decir: la inyección de fondos la hace directamente la Unión Europea (UE). Esto, no cabe duda, da un respiro a nuestra prima de riesgo y, además, hará más exigente el proceso pues su control no se llevará a cabo por políticos locales. Los tipos de interés aplicables son muy buenos: ni siquiera pagarán dichas instituciones lo que pagaría nuestro Estado. Los plazos, aunque largos, puede que no lo sean lo suficiente. Muchas de las entidades los necesitarán aún mayores para poder liquidar su atracón inmobiliario a precios que les permitan hacer frente a los compromisos adquiridos. Al fin y al cabo, muchas de las auxiliadas no son viables y su capacidad de reembolso depende de la liquidación de los activos que han ido asumiendo.

Otro tema es el de las participaciones preferentes. Es lógico que se exija a sus tenedores la asunción de pérdidas, pues con esa condición se emitieron dichos títulos para permitir que computaran como solvencia de los emisores. Lo que no podrá parar la UE, sin embargo, son las sentencias de los jueces españoles que declaren nulos los procesos de comercialización de las participaciones. No nos queda más que esperar y ver si los responsables de las entidades auxiliadas se toman en serio los nuevos compromisos asumidos, si el mercado inmobiliario les ayuda en los próximos quince años y si no hay que devolver muchas de las aportaciones de los partícipes. No hemos arreglado definitivamente nada, pero hemos vuelto a ganar tiempo.

miércoles, 13 de junio de 2012

¿Deben salvarse todas las entidades?

A estas alturas, ya han pasado cuatro días desde que se aprobaron las ayudas europeas a la banca española, no me interesa nada discutir si fue o no rescate, ni incluso el contenido de la letra pequeña del acuerdo, que no son sino mezquinos campos de batalla donde intentan ganar terreno algunos una vez conseguido el primer efecto de la noticia. Lo que me interesa razonar es si tiene sentido ayudar a las entidades de crédito con dinero público.

En el caso de las entidades solventes, incluso con déficit de recursos propios, pero viables, puede ser razonable. Al fin y al cabo, estas entidades tienen activos suficientes para responder de sus deudas, si bien no en el importe mínimo exigible por ley, y a lo que se están enfrentando es, muy probablemente, a un simple problema de liquidez: la fuerte inversión inmobiliaria y en créditos relacionados con dicha actividad les impide ir haciendo frente al vencimiento de su deuda en los próximos meses. Vencimientos que tienen dificultades para renovar a la vista de la situación del mercado. Para estas entidades, bienvenida sea la ayuda, pero el mecanismo era otro: era la actuación del BCE como prestamista en última instancia. Esa es una de las obligaciones inexcusables de un banco central emisor de una moneda sin respaldo metálico como es el euro: proveer de liquidez a los bancos privados con problemas con la misma.

En el caso de las entidades insolventes, y después de una valoración adecuada de los activos de las entidades podemos encontrarnos con algunas, la ayuda pública sólo puede tener un sentido: la liquidación de las entidades. La liquidación de las entidades no es un panorama apocalíptico donde usted corre de sucursal en sucursal con su cartilla de ahorros y se va encontrando con que le van cerrando en sus narices las puertas para retirar su dinero. La liquidación supone, simplemente ir buscando adquirentes de los activos de las entidades con problemas que, a cambio, se hagan cargo de sus pasivos. Un ejemplo sencillo: una entidad asume la red de oficinas, en una región de España, de otra que es insolvente, con todos sus activos y pasivos. El problema, está en los activos: ¿tienen valor suficiente para hacer frente a los depósitos que se ha comprometido a restituir? Si lo tiene, es posible, sin embargo, que la nueva situación produzca en el comprador algún problema de liquidez porque los activos son a largo plazo y los depósitos asumidos a corto. La solución: la del caso anterior porque para eso está el BCE. Si no fuera el caso y el activo adquirido fuera inferior al pasivo asumido, el apoyo debería consistir básicamente en financiar al banco adquirente a tipo cero para que adquiriese deuda pública (como se hizo en los años 80-90), pero no asumir el Estado la obligación de recompra de los activos crediticios de baja calidad o mecanismos similares como los Esquemas de Protección de Activos. El Estado sabe dar subvenciones, pero no gestionar activos financieros o inmobiliarios. Estas ayudas para la liquidación de entidades insolventes sólo pueden basarse en un argumento moral: el Estado, a través, del FGD se ha comprometido a impedir que los depositantes pierdan los importes depositados que superen individualmente y por entidad la cifra de 100.000€. Aplicar bien esta norma supone no olvidar que los fondos del FGD, aunque gestionados públicamente, son aportaciones privadas de los bancos y recordar que el FGD sólo cubre depósitos. Es decir: los accionistas y otro tipo de acreedores (partícipes preferentes, deudores subordinados…) deben perder sus inversiones para asegurar lo más posible que los activos de las entidades en liquidación superan a sus pasivos. Este deber de perder no es caprichoso: eran las reglas del juego al estallar la crisis. Las aportaciones de estos inversores computaban en recursos propios, es decir eran la medida de la solvencia de las entidades. Tema distinto, son los casos de algunos de estos tenedores de títulos que se sienten estafados por el modo en que se les vendieron los mismos y que es un problema judicial.

Por último, ayudar a entidades inviables, solventes o no, no tiene sentido. En tal caso, lo mejor es liquidarlas, de manera parecida a lo explicado anteriormente. Si sus activos aún superan a sus pasivos, e incluso permiten respetar las inversiones de accionistas, partícipes preferentes y bonistas subordinados, pues mejor y más barato para todos. El problema de todo el llamado rescate está precisamente aquí: algunos pueden tener la tentación de seguir manteniendo vivas a determinadas entidades que llevan tiempo muertas.

miércoles, 16 de mayo de 2012

De Guindos se ha puesto duro

Entre los tópicos instalados en las discusiones sobre cómo salir de la crisis, siempre aparece el de la necesaria reforma del sistema financiero. El sistema financiero español ha cambiado de manera muy profunda, pero no por cambios legislativos, sino por la fuerza de unos hechos que han imprimido urgencia a la actuación de los dos últimos Gobiernos. El número de entidades se ha reducido fuertemente dentro de la estrategia estatal de apoyo y concentración a las que tenían problemas, pero sin un cambio en el marco básico en el que operan las entidades. La llamada segunda reforma del sistema financiero del actual Gobierno,RDL18/2012, tampoco cambia dicho marco básico, sino que pretende, completando la que había hecho hace apenas tres meses, dinamizar el mercado inmobiliario, totalmente parado y que tanto afecta a la situación de las entidades.

De todos es conocido el alto volumen de inmuebles que el sector tiene, lo que genera un doble problema: son activos no rentables, a diferencia de los activos crediticios típicos de la banca, y, además, su tenencia genera un coste. Por otro lado, la valoración de dichos inmuebles es un problema para evaluar la solvencia de las entidades, problema agravado por el comportamiento de algunas de ellas y que ahora el Gobierno pretende solucionar para desbloquear la situación del sector. En concreto, se venía diciendo que los importes de los inmuebles en los valores de las instituciones no reflejaban su verdadero valor. Lo cual era cierto, pero también lo es que en ausencia de transacciones era imposible conocer cuál era dicho valor.

En esta situación, muchas entidades han preferido sostener sus carteras ante el temor de que si comenzaban las ventas no sólo contabilizarían pérdidas por las operaciones que cruzasen, sino que aparecerían precios testigos que permitirían valorar dichas carteras. Esta inmovilización de recursos no ha hecho más que generarles problemas de liquidez al ritmo de los vencimientos de su deuda en los mercados y las retiradas de depósitos de los particulares, que no pueden acceder al crédito. Sin embargo,han preferido aguantar estas dificultades en espera de mejor momento para vender con grave riesgo para todo el sistema de pagos. Llegados aquí, el Gobierno pretende aclarar esta situación forzando a las entidades a la venta de los inmuebles como modo de clarificar su solvencia y solucionar, en lo posible, los problemas de liquidez.

El Ejecutivo, con buen criterio, ha venido a decirles a las entidades que si están muy endeudadas y no tienen otra fuente de liquidez, tendrán que vender los inmuebles, aunque los precios no sean los mejores ahora mismo, como hace cualquier empresa en esta situación. De paso, el Gobierno se ahorra que la liquidez la busquen vendiendo las carteras de deuda pública española,que han crecido fuertemente en los últimos años, y que se le dispare aún más la prima de riesgo. A cambio, las entidades que puedan a llegar a tener serios problemas tras estas ventas, gozan del compromiso estatal de acudir en su rescate. Así el recienteRDL18/2012 completa y complementa el anteriorRDL2/2012, valorando contablemente muy a la baja los inmuebles, enel convencimiento de que los desconocidos precios de mercado estarán por encima de dichas valoraciones y a las entidades les compensará vender.

Para favorecer las operaciones de compra venta, el Ejecutivo aprueba una serie de medidas fiscales y de apoyo de la figura del arrendador, así como la creación de las sociedades para la gestión de activos (SGA)que, por la forma que se les ha dado,no podrán utilizarse como modo de eludir la contabilización de los deterioros en los balances. Estas SGA, además están forzadas a ir reduciendo su cartera inmobiliaria a un ritmo impuesto por la nueva norma y a dejar de estar controladas por sus entidades fundadoras, en ambos casos cuando estas últimas hayan recibido ayuda pública. De Guindos, aunque haya abjurado de su liberalismo y vaya a ayudar a las entidades que lo necesiten, no cabe duda de que se ha puesto duro: de hecho ha ampliado el catálogo de infracciones graves y muy graves. Saltarse este real decreto ley lo es.

jueves, 19 de abril de 2012

Tonto el último

Siempre me he mostrado contrario a las ayudas públicas a cualquier sector, lo que incluye al sector con mayúsculas: el Sector Financiero. Sin embargo, dichas ayudas han existido. Es cierto que no en forma de subvenciones, pero eso no quiere decir que no hayan existido. En el caso concreto español, las ayudas han sido de tipo financiero por dos vías. La primera la financiación de las entidades, bien en forma de capital bien en forma de deuda, por parte del Estado español. Cuando ha sido en forma de capital, el Estado ha tomado el control de las entidades. De este modo, aparentemente no ha habido traspaso de patrimonio público a las beneficiarias, puesto que el accionista puede vender en cualquier momento su participación y recuperar la inyección de capital. Sin embargo, esto esconde una realidad que no tiene reflejo contable en las cuentas públicas porque no siguen los estándares de la contabilidad empresarial: el Estado ha pagado por su participación lo que ningún agente en el mercado estaba dispuesto a pagar. La diferencia entre lo pagado por el Estado y el mejor precio que se podría haber obtenido en el mercado es, claramente, un traspaso de patrimonio público a las entidades beneficiarias. Cuando las ayudas han sido en forma de deuda, la ayuda pública venía en forma de tipo de interés bonificado. Ya sé que las beneficiarias se quejan de que los tipos han sido altos, pero en cualquier caso menores de los que les habrían cobrado en los mercados. Si no fuera así, no habrían acudido a este recurso. De nuevo la diferencia, en forma de lucro cesante para el financiador, no ha tenido reflejo contable. Sin embargo, dicho traspaso de patrimonio, de difícil cálculo, ha existido y ha tenido su contrapartida, que está enmascarada en una parte del incremento de los costes de la deuda nueva emitida y lo tendrá en el futuro en otra parte del  aumento de los tipos de interés de la que se vaya emitiendo.  El Estado ha realizado, a través de organismos públicos (FROB, FAAF), emisiones de deuda con la que allegar los fondos que luego ha inyectado en las entidades en forma de capital o deuda. El incremento de su endeudamiento que esto ha supuesto, ha elevado su prima de riesgo. El aumento de dicha prima no se ha trasladado de manera inmediata a su coste financiero, como ya hemos indicado antes, sino que lo va haciendo de manera progresiva según se refinancia, según hemos visto. El crecimiento de la prima a quien perjudica de manera inmediata es a los tenedores de deuda pública española, en tanto el valor de mercado de la misma se reduce.

La segunda forma de apoyo a las entidades ha sido la de los famosos manguerazos de liquidez del Banco Central Europeo (BCE). Esta financiación se ha prestado a tipos anormalmente bajos y, en ocasiones, a plazos anormalmente largos para los que suele ser habitual en la que presta dicho BCE. Si las entidades hubieran tenido mejores sitios a los que acudir, no habrían acudido a Frankfurt en busca de los fondos. No podemos decir aquí que el traspaso de patrimonio se ha producido desde el emisor de moneda a las entidades porque, a diferencia del Estado español, a aquél no le cuesta nada lo que presta. Literalmente lo crea de la nada. Al fin y al cabo, el BCE se mueve entre prestar poco y caro o mucho y barato. El coste lo soportan los tenedores de euros y  de  deuda en euros, en tanto dicha moneda va perdiendo capacidad adquisitiva como consecuencia de su abundancia. Lo que también afecta a los perceptores de ingresos fijos. Son los tenedores de deuda y liquidez, los que han consumido menos que lo que han producido, y los perceptores de ingresos fijos,  los grandes perjudicados por estas actuaciones públicas de financiación a las entidades. Algunos lo han sido de manera muy evidente, otros de manera invisible pero continua.

La alternativa habría enfrentado a las entidades con los mercados. Los mercados no han fallado. Simplemente no han actuado porque no se les ha dejado. Así, nos hemos encontrado con una lógica perversa para evitar la reestructuración privada del sistema, en favor de lo que se ha dado en llamar una reestructuración ordenada que está resultando un desastre. Llegados aquí, las entidades que no han disfrutado todavía de la ayuda pública, la reclaman por agravio comparativo y llevan razón: los que la han disfrutado han sido las que estaban peor porque lo estaban, entre otras cosas, antes. Ya saben: tonto el último.

miércoles, 4 de abril de 2012

Hispabonos

La idea de los hispabonos les suena a muchos como la solución a los problemas de refinanciación de la deuda de las Comunidades Autónomas, que vienen emitiendo a tipos de interés especialmente muy altos. En principio habría dos maneras de instrumentar la operación: una en la que se respeta los diferenciales de primas de riesgo de cada Comunidad y otra que haría tábula rasa de las mismas.

En la primera, lo razonable sería que cada región española emitiera unos bonos a los tipos de interés que el mercado le viene exigiendo y aportase los mismos a un fondo. El fondo, que gozaría de la garantía del Estado, emitiría a su vez bonos que se colocarían entre los inversores. El tipo de emisión de estos nuevos bonos vendría a ser el de la Deuda Pública del Reino de España, sensiblemente inferior a la media ponderada de la de los títulos aportados al fondo. De este modo, el fondo obtendría un beneficio por la diferencia entre el tipo medio de su cartera de títulos autonómicos y el tipo de interés a que se endeuda. Este beneficio remuneraría al garante por el aval prestado. Sin embargo, desconocemos cuanto se elevaría la prima de riesgo del resto de la deuda emitida y avalada por el Estado. La elevación de esa prima de riesgo sobre el total del resto de la deuda pública en circulación, sería un coste que podría superar al beneficio de dicho fondo. Así, finalmente, se produciría un traspaso de renta desde el Estado a las Comunidades Autónomas cierto pero de muy difícil cuantificación.

La segunda modalidad no requiere que el Estado cree un fondo de emisión, aunque podría hacerlo de todos modos, puesto que todas las Comunidades pagarían el mismo tipo por la financiación que captasen. La Administración Central emitiría, directa o indirectamente, a dicho tipo medio más, en su caso y si lo cree conveniente, un diferencial con el que resarcirse del aval prestado. El problema sería de nuevo el mismo: el beneficio aparente por prestarse a dar garantía a la financiación regional podría no compensar del encarecimiento que sufriría el resto de la deuda pública estatal. Probablemente, y al igual que en el caso anterior, no compensaría, además de los problemas de cuantificación de dicho encarecimiento.

En ambos casos, dejo para la discusión entre los responsables de las finanzas autonómicas cuál debe ser la prima de riesgo que debe pagar cada Comunidad, en el primer caso, o sobre el tipo medio que deben pagar todas. Las entidades regionales con mejores cuentas públicas podrían decidir no acudir al mecanismo de los hispabonos porque ni un tipo medio igual para todas ni el mismo diferencial como coste del aval, igualmente para todas, les parecería justo. Finalmente el Estado, como en todos los sistemas de garantía recíproca, podría quedarse avalando a los peores. La solidaridad no es algo que esté muy en boga entre las regiones de España.

El Estado de las Autonomías es uno de los problemas a los que nos estamos enfrentando en esta discusión sobre el redimensionamiento que conlleva la crisis económica actual. Todas las soluciones que pasen por las cuentas del Estado enmascaran los verdaderos costes que los entes autonómicos generan al ciudadano y, por tanto, sobre la viabilidad de los mismos en las condiciones actuales. El Gobierno central debe asumir la autoridad que le corresponde en la imposición de disciplina a los presupuestos regionales. Eso puede hacerlo de dos maneras también. Una sería directa, mediante el establecimiento de unos parámetros objetivos que de ser traspasados supondrían la suspensión de la autonomía financiera de las Comunidades Autónoma. La otra sería indirecta, abandonando a estas últimas a su suerte en los mercados de capitales. Lo uno o lo otro. La autoridades regionales tienen que aceptar que o son parte de España o lo son del mundo, pero no pueden seguir actuando como si fueran entes al margen de la realidad. No es otra cosa la responsabilidad, esa palabra tan manida por nuestros políticos.

miércoles, 21 de marzo de 2012

Reforma financiera: aciertos y errores

Recientemente, el Gobierno nos sorprendió con el Real Decreto Ley 2/2012, que creemos ha sido muy citado y poco analizado o, al menos, descrito en sus contenidos, con el fin de solucionar los problemas de las entidades de crédito desde el inicio de la crisis: liquidez, financiación y elevada exposición al sector inmobiliario. La norma tiene cinco ejes: el tratamiento del deterioro en inmuebles adjudicados y créditos con garantía de los mismos; la modificación de las actuaciones del Frob; la modificación del régimen jurídico de las Cajas de Ahorros; la modificación de las retribuciones de los administradores, y un tratamiento más flexible en el uso de participaciones preferentes y de instrumentos de deuda como garantía para recibir financiación del Banco Central Europeo, aspecto este último que no requiere más comentario.

El tratamiento del deterioro en inmuebles adjudicados y créditos con garantía de los mismos exige el reconocimiento de un deterioro contable de estos activos en los balances de las entidades mucho mayor que el que venía aplicándose. Esta medida acerca la valoración contable de los activos a la de mercado, lo que implica que dichos balances reflejarán mejor la situación de las entidades, lo que favorecerá su financiación. Además, el sector inmobiliario se verá dinamizado en tanto en cuanto aquéllas, para evitar pérdidas mayores, en concreto las que se derivan del mantenimiento de los inmuebles en su activo, sacarán a la venta los mismos, lo que asimismo provocará que se disponga de valores de mercado reales, situación que no estaba produciéndose en la actualidad.

La norma endurece los requisitos de apoyo del Frob a las entidades, por- que a partir de ahora el Frob sólo puede ayudar a aquéllas que necesiten reforzar sus recursos propios y que lo soliciten, mediante la compra de acciones, y debe desinvertir en ellas en un plazo inferior al establecido hasta la actualidad, en concreto en tres años. También amplía los instrumentos que puede adquirir el Frob en apoyo a procesos de integración de entidades incluyendo los instrumentos convertibles en acciones.

Respecto del régimen jurídico de las cajas de ahorro, la norma simplifica su estructura y operativa: para ello reduce los órganos de gobierno de las cajas de ahorros a la asamblea general y consejo de administración, siendo la comisión de control un órgano potestativo. Además, se reduce al 10 por ciento el porcentaje de excedentes de libre disposición que se podrían destinar a fines distintos de la obra social: las cajas de ahorros de ejercicio indirecto. Es decir, aquéllas que ejercen la actividad bancaria a través de una filial que es un banco. Por último, y respecto a estas cajas de ahorro de ejercicio indirecto, aquéllas que posean menos del 25 por ciento de los derechos de voto de la entidad en la que participan deberán renunciar a su autorización para operar como entidad de crédito y proceder a su transformación en fundación especial. Esta posibilidad de renunciar a la autorización y transformarse en fundación especial, si así lo desean, está abierta a cualquier entidad o puede exigírseles como consecuencia de una intervención.

La medida más popular del real decreto ha sido, sin lugar a duda, la referente a las retribuciones de los administradores y los directivos que hayan solicitado ayuda del Frob. Así, aquellos administradores y directivos de entidades que estén participadas mayoritariamente por el Frob, no podrán percibir durante 2012 retribución variable ni beneficios discrecionales de pensiones, y los directivos de las entidades que soliciten apoyo financiero al Frob tendrán limitadas sus retribuciones.

El conjunto del real decreto ley tiene aspectos muy positivos por su realismo y conocimiento de lo que son los mecanismos de mercado (valoración correcta de los inmuebles) o corrección parcial de políticas anteriores (reducción del plazo de las ayudas del Frob a las entidades), junto con medidas ejemplarizantes y para evitar el derroche del algunos responsables de entidades (limitación de salarios o de los importes que no se dedican a la obra social en las cajas de ahorros). Sin embargo, sigue destilando el fuerte intervencionismo que ha hecho responsables a las autoridades, en todo Occidente, de los fracasos de las entidades, y a estas últimas acreedoras del auxilio y dirección de las primeras.

miércoles, 14 de marzo de 2012

Reformando los inmuebles (de la banca)

La reforma que el gobierno ha impulsado recientemente con el RD-ley 2/2012, trata de solucionar, según anuncia, los problemas de liquidez, financiación y exposición al sector inmobiliario que tienen en estos momentos las entidades bancarias. No es el primer intento que, hasta la fecha sin mucho éxito, han llevado a cabo las autoridades.

Todo comenzó con la creación del Fondo de Adquisición de Activos Financieros (FAAF) por el RD-ley 6/2008, que intentaba solucionar sólo los problemas de liquidez, pues no se admitía todavía que hubiera otros, mediante subastas de fondos tomados previamente por el Estado, en favor de las entidades. Posteriormente, llegó la creación del FROB (RD-ley 9/2009), cuya finalidad no era solo dotarlas de liquidez, sino que trataba de mejorar la solvencia de las mismas, mediante la  inyección de recursos que tuvieran la consideración de capital regulatorio, recursos también previamente tomados por el Estado. Hasta aquí los cambios se sustentaban en un incremento del endeudamiento  público para después prestar apoyos financieros a las entidades. A continuación, parece que las autoridades decidieron cambiar de estrategía y basar las soluciones del sector en cambios regulatorios y contables. Así vino el RD-ley 2/2011, que incrementaba las exigencias  mínimas y la calidad de los recursos propios que las entidades debían mantener para evitar problemas de solvencia, lo que les obligaba a acudir a los mercados para buscarse la financiación que, hasta ahora, les había provisto de manera indirecta el Estado.

Por último, la Circular del Banco de España 3/2010, modificó el tratamiento contable de los activos adjudicados y de los créditos y préstamos dudosos, y limitó el deterioro máximo reconocido de los primeros a un 30%. No fue una norma inocua, sino que incidió negativamente en el mercado en tanto en cuanto, para los inmuebles mantenidos por las entidades con una pérdida real de más del 30%, no era interesante su venta desde un punto de vista contable, puesto que la misma siempre aflora dicha pérdida. Esta norma no obligaba, además, a tasar los inmuebles, si bien era cierto que las tasaciones, ante la ausencia de transacciones, tampoco parecían una buena medida del valor de los activos, lo que animaba de nuevo a que no hubiera transacciones. Esta Circular, en tanto permitió que los activos bancarios no estuvieran bien valorados, impidió que las entidades pudieran acceder a los mercados para obtener las nuevas exigencias de recursos propios del RD-ley 2/2011, ya que no era fácil para los inversores conocer la situación real de solvencia de los solicitantes de fondos.

En esto estábamos cuando llega el RD–ley 2/2012 que, al margen de otras materias, tampoco obliga a retasar los inmuebles adjudicados, pero sí endurece los deterioros a contabilizar en estos activos y en los créditos con garantía de los mismos. Así las cosas, parece que las entidades se verán obligadas finalmente a sacar de sus balances dichos activos adjudicados, porque su venta les originará menores pérdidas que aquellas que se derivan del reconocimiento de los deterioros de los mismos si estos permanecen en balance. La medida tiene algo nuevo y positivo: ni descansa en la financiación pública ni en meros arreglos contables (mayores exigencias de recursos propios mientras no se reconocen las pérdidas reales) sin conexión con la situación del mercado, y más en concreto del inmobiliario.

El éxito dependerá mucho del acierto en los deterioros que se exigen ahora; es decir, de si el deterioro contable exigido es igual o mayor al real del activo, pues en caso contrario es posible que algunos prefieren seguir haciéndose trampas en el solitario de la contabilidad. En cualquier caso, los deterioros exigidos para su contabilización antes de que acabe el año son severos y no parece que los reales de los activos sean mayores, por lo que las entidades tendrán incentivos para la venta. Dichas ventas no generarán tanta liquidez como podría pensarse, pues muchas se harán con crédito de los vendedores, pero, sin duda, dinamizarán el mercado inmobiliario y favorecerán la financiación exterior de las entidades una vez que sus balances reflejen la realidad de sus activos.

lunes, 20 de febrero de 2012

La Recontrarreforma bancaria

Después de tres semanas desde que el Gobierno aprobará la reforma financiera podemos volver a los análisis que hicimos de la misma con más calma. En mi opinión es una reforma continuista con las políticas del anterior ejecutivo, de manera especialmente relevante en lo referido al apoyo a la concentración bancaria,  y correctora de sus actuaciones,  errores y omisiones en lo referente al reconocimiento de los deterioros de determinados activos y las remuneraciones de los equipos directivos de las entidades.

El llamado riesgo sistémico lo crean las entidades grandes. La concentración bancaria crea más entidades de riesgo sistémico y hace más rehenes a los gobiernos de las mismas. La forma en que se ha organizado ahora la concentración bancaria recuerda, por otro lado, mucho a como lo organizó el gobierno anterior (Real Decreto-ley 2/2011, de 18 de febrero). En el fondo un más de lo mismo o una segunda oportunidad para los que no llegaron, o se resistieron, a la primera.

Los deterioros de los inmuebles y de los créditos con garantía inmobiliaria debieran estar ya contabilizados. Es cierto que la Circular del Banco de España 3/2010, de 29 de junio, operó un poco como contrarreforma para, amparada en una interpretación interesadamente torticera, limitar los deterioros reconocidos en dichos activos a un máximo del 30%. En este sentido, el nuevo Gobierno ha hecho una recontrarreforma. Sin embargo, una interpretación in fine de la normativa contable permitía ya exigir a las entidades el reconocimiento completo e inmediato de dichos deterioros, lo que habría dado a sus estados financieros la fiablidad que, con razón, pretende ahora el señor de Guindos para facilitar la financiación de las entidades. También es cierto, que la ausencia de mercado, ausencia interesada en el caso de algunas entidades, para los inmuebles, impedía con frecuencia una correcta medición de las pérdidas implícitas en los mismos. Ahora se reactivará este mercado en cuanto sea más beneficioso en términos contables vender que mantener en balance, dado que estas enajenaciones no necesitan liquidez para poder conceder crédito a los nuevos propietarios, pues basta que se comprometan a realizar los pagos periódicos correspondientes.

La reforma, ni esta ni la del anterior gobierno, pueden provocar aumento del crédito en el corto plazo, salvo el apuntado anteriormente. No pueden porque aumentar los requerimientos de capital de las entidades es incompatible con el aumento del crédito, como ya he explicado en ocasiones anteriores. No se nos olvide tampoco el efecto inmediato del reconocimiento de los deterioros de los activos problemáticos: contabilizar una pérdida tiene el mismo efecto que contabilizar una reducción de capital que habrá que reponer, con el consiguiente efecto sobre el crédito. Sin embargo, esta medida de reconocer las pérdidas siempre será mejor que el absurdo anterior (el RD-ley 2/2011): no reconocer pérdidas y exigir aumentos de capital. Es más razonable contabilizar las primeras y luego reponer si falta, aunque sólo sea hasta los niveles previos a la nueva exigencia.

Por último, esta la cuestión de la limitación a los salarios de los equipos directivos de las entidades auxiliadas o intervenidas por el Estado. Parece ejemplarizante, aunque tal vez habría que haber favorecido mejor el cambio de esos equipos. No se han mostrado en muchos casos como buenos gestores y los nuevos salarios les seguirán compensando pero no a unos nuevos más eficaces que, sin duda, necesitan dichas instituciones.

viernes, 17 de febrero de 2012

Requetereformando

Mi posición sobre la nueva reforma financiera que aprobó el Gobierno hace un par de semanas ha disgustado a los que esperaban mi complacencia con la misma. Tal vez pensaban que mis críticas a los anteriores gestores públicos me hacían proclive a la satisfacción con el mero cambio. Entiendo que el nuevo equipo económico lleva poco tiempo y parece que tiene mucha presión mediática por publicar reformas,  y que dicha presión mediática le fuerza, a su vez, a magnificar sus actuaciones para aparentar que hace, porque no basta sólo haciendo o, al menos, eso parece.

Mi crítica a la reforma tiene dos partes. La primera se refiere a los incentivos a la concentración bancaria. No soy partidario de la misma ni creo que solucione nada. Al fin y al cabo no son las entidades pequeñas las que nos han dado problemas y ahí tienen ustedes al sector cooperativo de crédito (las cajas rurales mayoritariamente), que son las entidades bancarias más pequeñas en término medio del sector, que no nos han dado ningún problema. Por otro lado, el llamado riesgo sistémico lo crean las entidades grandes, como bien reconocen las autoridades europeas cuando han comenzado a otorgar esta calificación a algunas de ellas. La concentración bancará, además, no sólo crea más entidades de riesgo sistémico de las que ya tenemos, sino que, por otro lado, hace más rehenes a los gobiernos de las mismas. La atomización del poder financiero es buena para el equilibro de poder de una democracia.

La forma en que se ha organizado la concentración bancaria recuerda, por otro lado, mucho a como lo organizó el gobierno anterior (Real Decreto-ley 2/2011, de 18 de febrero): con un calendario y una fecha límite para presentar propuestas, que deben contar con el beneplácito de las autoridades para hacerse acreedoras de las ayudas públicas. En el fondo un más de lo mismo o una segunda oportunidad para los que no llegaron, o se resistieron, a la primera.

La segunda de mis críticas es al tema de las mal llamadas, desde un punto de vista de técnica contable, provisiones. Los deterioros de las carteras de inmuebles y de créditos con garantía inmobiliaria de las entidades de depósito debieran estar ya contabilizados en los estados financieros de las mismas. No hacía falta pues reformar nada, sino más bien hacer cumplir con la norma, en concreto: con el principio de imagen fiel. Es cierto que la Circular del Banco de España 3/2010, de 29 de junio, operó un poco como contrarreforma para, amparada en una interpretación interesadamente torticera, limitar los deterioros reconocidos en dichos activos a un máximo del 30%. Sin embargo, una interpretación in fine de la normativa contable permitía exigir a las entidades el reconocimiento completo e inmediato de dichos deterioros. También es cierto, que la ausencia de mercado, interesada en el caso de algunas entidades, para estas inversiones perjudicadas, impedía con frecuencia una correcta medición de las pérdidas implícitas en las mismas. En ese sentido ahora, y nada más publicarse la reforma, sí alabé el interés del Gobierno en que se diera salida a dichas inversiones, lo que sin duda ocurrirá cuando sea más beneficioso en términos contables venderlas que mantenerlas en balance y reconocer unas pérdidas contables que pueden ser superiores, o al menos iguales, a las del resultado de la venta. Estas enajenaciones, además, no necesitan, como dicen algunos que pronostican por ello el fracaso de las mismas, liquidez para poder conceder crédito. El crédito se concede simplemente entregando las viviendas a nuevos propietarios que se comprometan a realizar los pagos periódicos correspondientes.

La reforma, ni esta ni la del anterior gobierno, pueden provocar aumento del crédito, salvo el apuntado anteriormente. No pueden porque aumentar los requerimientos de capital de las entidades es incompatible con el aumento del crédito. Si aumentamos la proporción de la inversión de las entidades que tiene que ser financiada con fondos de los accionistas, esto sólo puede alcanzarse por dos vías: o ampliaciones de capital o reducciones de crédito. O una combinación de ambas, que es lo que está ocurriendo. Así el crédito está cayendo, a pesar del esfuerzo de las entidades por conseguir nuevas aportaciones a su capital y, en consecuencia, está cayendo también el saldo en depósitos que los particulares mantienen en las mismas. No se nos olvide tampoco el efecto inmediato del reconocimiento de los deterioros de los activos problemáticos: contabilizar una pérdida tiene el mismo efecto que contabilizar una reducción de capital lo que, por lo tanto, generará una imposibilidad de dar nueva financiación e, incluso, la necesidad de no conceder la renovación de las que van venciendo. Sin embargo, esta medida de reconocer las pérdidas siempre será mejor que el absurdo anterior (el RD-ley 2/2011): no reconocer pérdidas y exigir aumentos de capital. Es más razonable contabilizar las primeras y luego reponer si falta, aunque sólo sea hasta los niveles previos a la nueva exigencia: por lo menos así sabemos donde estamos.

Por último, el tercer pilar de la reforma, y que no había comentado hasta ahora, al menos por escrito, es el tema de la limitación a los salarios de los equipos directivos de las entidades auxiliadas o intervenidas por el Estado. Nada que oponer por ejemplarizante, aunque tal vez habría que favorecer mejor el cambio de esos equipos. No se han mostrado en muchos casos como buenos gestores y en muchos casos los nuevos salarios les compensan a ello pero no a unos nuevos más eficaces que necesitan dichas instituciones.

viernes, 3 de febrero de 2012

El día de la marmota

A la espera de lo que ponga el BOE, la anunciada reforma del sistema financiero anunciada ayer por la tarde por el ministro de Economía, señor de Guindos, no es para tanto. Pero en este caso, no sólo porque nuestras expectativas no hayan sido colmadas, lo que es difícil cuando todas las semanas se juega el partido del siglo, sino porque en muchos aspectos es un poco más de lo mismo y porque, en otros, habría bastado con cumplir con la ley y con las amplias facultades que la normativa en vigor da a la actuación discrecional de la supervisión bancaria.
Comienzo con el mal llamado, desde un punto de vista técnico, aumento de las provisiones, que no son otra cosa que el importe que  las entidades reconocen como perdidos en las inversiones, en este caso las ligadas al sector inmobiliario. Las autoridades exigen ahora 50.000 millones de euros adicionales en este reconocimiento: el del aumento de las  coberturas por deterioro de activos, empleando bien el lenguaje técnico, o lo que es lo mismo: de las pérdidas contabilizadas por las entidades. Dicho de otro modo: la normativa contable no se estaba aplicando correctamente, porque de haber sido así, ese quebranto ya estaría reconocido. No hace falta modificar las exigencias de cobertura, como se anunció ayer, sino simplemente aplicar la legislación en vigor.

El supervisor tiene mecanismos suficientes en la regulación contable y en la de recursos propios para haber exigido a las entidades la contabilización adecuada de estos quebrantos, pero eso sí: a cada entidad los suyos y no una norma que rezuma un cierto carácter genérico al elevar los porcentajes que todas las instituciones, de manera idéntica, deben aplicar a determinados  tipos de activos para el reconocimiento del deterioro de los mismos. El igualitarismo es injusto, como bien nos recordaban esta semana muchos banqueros al presentar sus resultados de 2011.

Por otro lado, el no reconocimiento pasado de estas pérdidas ha debido contar no sólo con el apoyo del supervisor, sino también de otros muchos agentes como los auditores, encargados de velar por la bondad de la información. Sin embargo, el enfado es con las agencias de calificación que parece que bajaban las calificaciones sin motivo y, tal vez, lo tenían: la información no era buena. Al margen dejo el tema de que esta pérdidas se periodifiquen contablemente en dos años en determinadas circunstacias, lo que no tiene sentido si se han producido, o que parte de ellas no afecten a la cuenta de resultados, es decir al dividendo de los accionistas. El Gobierno reconoce, y así también lo creo, que una correcta valoración de los activos mejorará el acceso de las entidades a la financiación en los mercados y la liquidabilidad de los activos ligados a lo inmobiliario pero, insisto, para alcanzar esa buena valoración sólo había que cumplir la norma.

Luego está un más de lo mismo: la concentración sectorial en base a unos planes de viabilidad que deben ser presentados antes del 31 de mayo y aprobados por el Gobierno y hablar de la buena gobernanza y comprometerse al aumento del crédito y bla, bla, bla…¡Me recuerda tanto al Real Decreto-ley 2/2011, de 18 de febrero, para el reforzamiento del sistema financiero, que aprobó el anterior gobierno, que, de repente, he caído: es que el 2 de febrero, día del anuncio de la última reforma, es el Día de la Marmota.

miércoles, 4 de enero de 2012

Del banco peor y del supervisor

Los discursos están para leerlos. El pasado 21 de diciembre leía ante la Cortes su discurso de investidura como Presidente del Gobierno el señor Rajoy. Les voy a ahorrar la lectura pero no las referencias que hizo a la reforma del sistema financiero en el mismo, según el formato que facilitó el PP.  El entonces candidato,  hoy Presidente, decía que es necesario culminar de forma efectiva el proceso de saneamiento del sector financiero. Mientras que el resto de los paises han emprendido hace años esquemas de saneamiento de los activos tóxicos y adecuación de la valoración de los activos bancarios, en España todavía pesan serias incertidumbres sobre los balances, y el acceso a la  financiación internacional de nuestras entidades es extremadamente difícil. Ello ha llevado a una escasez de crédito mayor en nuestro país que en la mayoría de los paises de nuestro entorno. (pág.11). El diagnóstico es certero a medias.No cabe duda que el último Gobierno no acabó la tarea y que en  España ni se han valorado adecuadamente nuestros activos tóxicos (que no son extraños productos financieros derivados o estructurados) ni, por tanto, se han podido sanear adecuadamente los balances, puesto que desconocemos exactamente la pérdidas. Es cierto, también, que eso dificulta la financiación internacional de nuestras entidades, pero no que ello haya llevado al país a una escasez de crédito mayor. Las entidades, no están buscando en los mercados nueva liquidez para hacer frente a nuevas operaciones de crédito, sino nuevos acreedores que asuman las posiciones de los antiguos, ante el calendario de vencimientos de las emisiones de deuda que se hicieron para financiar el consumo y la inversión, pública y privada, durante el proceso expansivo de la economía nacional.
 
El Presidente dijo que la reestructuración del sector bancario (págs. 15 y 16) requería dos actuaciones: la venta de inmuebles y una adecuada valoración de los activos menos líquidos de las entidades (solares y promociones sin terminar), que supondría la asunción de pérdidas latentes por parte de las entidades. Totalmente de acuerdo. El gran error del  Gobierno anterior fue subir los requerimientos de recursos propios de las entidades (RD 2/2011, de 18 de febrero), sin haber hecho una correcta medición de los mismos, para lo que sólo se necesitaba una adecuada contabilización de los resultados de las instituciones . Desde un punto de normativa comparada interrnacional, los requerimientos hasta la fecha eran adecuados siempre que se cumpliesen y lo que no había es que realizar exigiencias nuevas a las entidades. La medición de los resultados era errónea desde que el Banco de España públicó poco antes la Circular 3/2010 de 29 de junio, limitando el deterioro de las carteras de bienes raices al 30% en el peor de los casos. Para acometer las dos actuaciones anteriores nada habló el candidato del famoso banco malo. Mejor si eso supone que deja la posibilidad de una institución que de algún modo titulice los activos tóxicos a la iniciativa privada, lo que es congruente, además, con las actuaciones que propone. Si no es así,  y cede a las presiones en favor de un banco malo con dinero público (el banco peor), debiera saber don Mariano que no llevará a cabo una adecuada valoración de los activos, porque estarán inflados por los precios en ausencia de mercado que se deriven de las compras de los mismos por el  banco peor.
 
Habló también de una reestructuración del mapa bancario y de fusiones (pág.16). ¡Qué manía con la concentración! Las entidades más pequeñas del sistema (la banca cooperativa) no nos han dado problemas y, lo que es más importante, no le dan miedo a ningún Gobierno ni cuando se caen, ni cuando les visita su presidente. De paso, o de pasada, habló de dos cositas más (pág.16): de la reforma de los órganos rectores de las entidades tenedoras de bancos en que se han convertido las antiguas cajas, para evitar de nuevo los problemas que se daban en esta últimas y de la supervisión bancaria. Respecto de la primera cuestión: podría comenzar simplemente con un cambio en los cuadros que dirigen las mismas, para asegurar, como indica, su profesionalidad e independencia.
 
A la supervisión le dió un buen rapapolvo. No es que sólo la acusara de indecisiones y bloqueos, que siempre se dan en el nivel político, sino que lo hizo, además, de falta de agilidad y de la necesidad de tecnificarla. Creo que esto último no es posible: hasta hace muy poco tiempo estaba considerada la mejor del  mundo, y un mandato de un Gobernador no hace perder sus capacidades a todo un viejo cuerpo de servidores públicos. Sin embargo, sí que le falta agilidad porque le falta independencia para la más mínima actuación (simplemente inspeccionar) al margen de la decisión política y porque le falta un procedimiento administrativo preciso y claro (al margen de la Ley del Régimen Jurídico de la Administración y del Procedimiento Administrativo, que en lo referente al Banco de España opera pero poco) que proteja a los administrados del sector bancario, al contribuyente y, aunque les parezca mentira, a los inspectores que llevan pidiendo un estatuto hace mucho tiempo.