viernes, 28 de octubre de 2011

¡Cuánta autosatisfacción para dejar de pagar!

No hay más que leerse el documento con las conclusiones de la Cumbre de la Eurozona para sentir una mezcla de vergüenza ajena e indignación ciudadana. ¡Qué contentos están de haberse conocido y de hacer tan bien como hacen las cosas que hacen! Que no sabemos cuáles son pero que son por nuestro bien. Seguro. Las expresiones como “nos congratulamos…” “celebramos…” “acogemos con satisfacción…” abundan. Les ha faltado concederse alguna medalla.

Pero vamos al tema: la quita griega era algo evidente desde hace varios años. La diferencia entre los ingresos y gastos corrientes, antes de intereses, del presupuesto público griego mostraban que ni recortando estos últimos, ni mejorando la eficiencia recaudatoria, podría Grecia llegar a hacer frente a su deuda, salvo que adoptásemos una solución hiperinflacionista. La solución hiperinflacionista consistía en que el Banco Central Europeo prestase a cualquier Estado miembro de la Eurozona, por el simple hecho de serlo, la liquidez necesaria para hacer frente a su deuda o, al menos, que estuviese dispuesto a admitir el redescuento de la misma por parte de los bancos sin límite. Ahora se reconoce la imposibilidad del impago, se pacta el mismo con los acreedores, y se afloran unas pérdidas que en muchos casos no estaban reconocidas. ¿Por qué no lo estaban? Pues por una interpretación interesada de lo que se denomina en la Normativa Internacional Contable, en concreto la norma 39, de los deterioros que hay que reconocer en las denominadas carteras de inversión a vencimiento.

Una cartera de inversión a vencimiento es un conjunto de bonos cotizados y líquidos, es decir que tienen un valor de mercado al que el tenedor de los mismos puede venderlos en cualquier momento, que se valora a su coste amortizado, es decir: más o menos su precio de adquisición. Es decir, en principio no se reconocen las minusvalías potenciales que pudiera tener la cartera como consecuencia de una caída de su precio en el mercado. Este tratamiento se permite por la sencilla razón de que estos títulos, como bonos que son, prometen el nominal a su vencimiento. Así, quien los clasifica en esta cartera se compromete a recuperar su inversión directamente del emisor al vencimiento y, como no los va a vender antes, las fluctuaciones en el mercado no le afectan. El problema es que la premisa es falsa: es posible que el tenedor pueda aguantar hasta el vencimiento de los títulos y no necesite venderlos antes de tiempo, por lo que no materializaría las pérdidas por la diferencia entre el coste de los títulos y su previos de venta, pero también es posible que sea el deudor, emisor de los títulos, el que no pueda a su vencimiento pagar el nominal comprometido. Esto le puede ocurrir a cualquier deudor que no puede fabricar la moneda en que está denominada su deuda. Le pasa a todo el sector privado, pero no a un Estado que emite la moneda en que se endeuda. De hecho, en la cartera de inversión a vencimiento se pueden clasificar títulos privados, pero hay que contabilizar las pérdidas potenciales por impago del deudor (el denominado deterioro por riesgo de crédito). Y este es el problema, que a los títulos públicos emitidos por países de la Eurozona se les ha tratado como si estuvieran emitidos por un emisor de moneda y no es el caso.

Una correcta aplicación de la norma contable, algo tendrán que decir los que se encargan de que la información financiera sea fiable, nos habría evitado estas discusiones ahora y estas pérdidas que parecen que han aparecido de repente y que, sin embargo, se han ido larvando poco a poco durante estos años de crisis. Nos evitaría, además, la discusión de si la minusvalía es del 2% o del 20%. Sería la que hubiera dictado el mercado, pero claro si hubiéramos contabilizado estas pérdidas antes, es decir: a medida que se fueron produciendo, la financiación bancaria a los estados se habría endurecido antes y/o más. De hecho, en España estas minusvalías se estaban reconociendo como menos recursos propios de los bancos cuando la cartera se clasificaba como de negociación (especulativa) o disponible para la venta (inversión distinta de la de a vencimiento). Sin embargo, el pasado mes de diciembre Banco de España aflojó un poquito aquí y permitió que, en determinadas condiciones, estas minusvalías no restaran de recursos propios. Ahora parece que la Eurozona nos enmienda la plana.

domingo, 23 de octubre de 2011

El círculo virtuoso y la burbuja

Parece que estamos en un mundo feliz en donde el crédito fluye sin cesar para todos sus demandantes: el Gobierno, las familias y las empresas. Sin embargo hay dos limitaciones de tipo legal: el coeficiente de caja y el de recursos propios. El primero, porque obliga a que una parte de la liquidez de las entidades sea depositada por éstas, a su vez, en el Banco Central para hacer frente al riesgo de retirada masiva de los depósitos por parte del público. El segundo, porque obliga a que una proporción de la financiación de la Banca Privada no sólo sean obligaciones frente a terceros, sino aportaciones de sus socios. Cuanto mayor es la proporción que estas aportaciones tienen respecto del crédito concedido, menor es el crédito que los bancos pueden conceder, puesto que el bolsillo de los accionistas de los bancos también tiene límite. Hay otro límite más, pero no es legal sino natural: la inflación. Si hay mucha liquidez, ésta vale poco. A veces podemos enmascarar este efecto con políticas públicas que orientan el crédito en favor de determinadas actividades, lo que crea una inflación en una actividad concreta. Es lo que llamamos una burbuja.

viernes, 14 de octubre de 2011

De bancos y autoridades

Las propuestas de recapitalización del presidente de la Comisión Europea, señor Durao Barroso, no parecen haber gustado a todos. A mí tampoco, pero eso como comprenderán carece de importancia. Sin embargo, quisiera resaltar también que hay cosas que me han gustado, aunque esto también carece de importancia. En primer lugar, me parece que era redundante decir que los bancos infracapitalizados no deben pagar dividendos. Esto, al menos en España, ya es así y sospecho que en las regulaciones de nuestro entorno también: las entidades con déficit en recursos propios no pueden pagar dividendos porque eso reduce aún más sus recursos propios. Es de cajón. De hecho las autoridades tienen que aprobar estos repartos. Otra cosa es si en alguna ocasión los han aprobado habiendo déficit por aquello de que no cunda el pánico. Lo segundo es lo de que no deben pagar bonus a los directivos mientras estén en esta situación. Esto es más difícil de evitar puesto que tales importes son pagos salariales (altos pero salariales). Si lo que se pretende es que sólo las entidades muy capitalizadas los paguen o alinear los intereses de los accionistas, que quieren un banco capitalizado, con los de los directivos bien podría exigirse a las entidades un incremento en las exigencias de recursos propios por un importe igual a los incentivos pagados a los directivos en los x últimos años. Sólo las entidades con exceso de recursos propios podrían pagar estos importes a costa de reducir dicho exceso o, lo que es lo mismo, renunciando los accionistas a la parte del patrimonio de la entidad que podrían retirar como dividendo en un momento dado.

Durao Barroso insiste en la necesidad de aumentar el grado de capitalización de las entidades. Totalmente de acuerdo. Primero porque les pide que repongan capital hasta los niveles exigidos con anterioridad a la crisis y, segundo, porque pide aumentar estos niveles. Los niveles exigidos con anterioridad a la crisis eran bajísimos: una entidad podía operar prácticamente con un 2% de patrimonio neto porque para completar el 8% de recursos propios que se exigían valían, simplificando, instrumentos de deuda no cubiertos por los fondos de garantía de depósitos. Cualquier deterioro del activo del banco superior al 2%, lo ponía en quiebra técnica. Esta mayor exigencia que plante el Presidente de la Comisión Europea es un reconocimiento implícito de que la regulación sobre recursos propios no era la adecuada.

Este incremento de la capitalización bancaria, imprescindible, es, sin embargo, incompatible con el crecimiento del crédito y las autoridades tienen que asumirlo y que decirlo. No pueden seguir manteniendo el discurso de más capital bancario y más crédito: son incompatibles. La época de expansión crediticia fue posible no sólo porque el Banco Central Europeo aumentó fuertemente la liquidez del sistema sino, además, porque la regulación sobre recursos propios exigía muy pocos de estos últimos. En el fondo, la solución a esta crisis financiera para los bancos es la misma que para usted y para mí: reducción del crédito del que disfrutamos o, en términos técnicopedantes: reducción del apalancamiento financiero.

El señor Durao insiste en que el capital bancario deberá ser en primer lugar privado y yo creo que en último también, salvo que quieran reconocer que ayudan a estas instituciones porque las autoridades son en parte culpables de la situación en la que se encuentran por el mal diseño de la política monetaria y las deficientes exigencias de recursos propios a las mismas. En cualquier caso, y aunque así fuera, no estaría de más romper esa relación de patronazgo del sector público sobre el sector financiero que está contaminando las cuentas del primero, que tampoco es que fueran de lujo. Por último, la referencia a los riesgos sistémicos y la necesidad de acabar con los mismos que hace el Presidente de la Comisión Europea. Los riesgos sistémicos son, como su propio nombre indica, de sistema. No vamos a entrar a señalar, porque está feo, quien tiene la responsabilidad de haber diseñado un sistema de banco central en la que este puede inyectar la liquidez que considere oportuna por un procedimiento de prueba y error y de alto apalancamiento bancario. Sin embargo, no puedo dejar de indicar que en el caso de las denominadas entidades de riesgo sistémico (es decir: aquellas tan grandes que no pueden caer porque arrastran al sistema) la culpa es claramente de las autoridades con su pasión por el tamaño. Las entidades más pequeñas no nos han dado problemas y si cayeran ni lo temeríamos ni podrían chantajearnos.

miércoles, 5 de octubre de 2011

Los buenos números del rescate bancario

Los números del rescate bancario español no son tan fáciles de calcular como se piensa. El otro día el Gobernador del Banco de España lo cifró en 7.551 millones de euros. El importe era el que correspondía a las ayudas dadas a cuatro entidades que a 30 de septiembre habían requerido la toma de control por parte del Estado para que su patrimonio neto, la diferencia entre sus derechos y sus obligaciones, fuera suficiente para asegurar que estas últimas, las obligaciones o pasivos, pudieran ser atendidas. De esas cuatro entidades, una además disponía de una línea de crédito del FROB de 3.000 millones de euros, para asegurar su liquidez. El FROB ya había dado apoyos en dos bloques de 8.035 millones de euros a cuatro entidades y de 2.155 millones de euros a otras tres.

Pero antes de todo esto, lo recordarán ustedes, tuvimos el Fondo de Adquisición de Activos Financieros, el FAAF, que otorgó liquidez por importe de 17.095 millones de euros en cuatro subastas que realizó entre noviembre de 2008 y enero de 2009. Los apoyos de liquidez, por tanto han sumado hasta la fecha 19.895 millones que, como créditos que son, debieran recuperarse en su totalidad. Los apoyos en forma de recursos propios a las entidades han sumado 17.737 millones de euros. Podrían recuperarse en parte, dependiendo de los precios a los que se deshaga el Estado de sus participaciones en las entidades nacionalizadas. Sin embargo, estas no son las cifras del rescate aunque lo parezcan (37.632 millones de euros que suman ambos conceptos) porque puede llegar el Estado a recibir una parte muy importante de estos fondos.

El verdadero coste del rescate es el encarecimiento de la deuda pública española, de toda la deuda pública, desde que los mercados se apercibieron de que nuestras autoridades habían extendido un aval implícito a todo el sector financiero. Las emisiones de deuda desde finales de 2008 se han encarecido en un 1,2% aproximadamente para todos los plazos de emisión de deuda. En el caso de la emitida por el Estado, su variación desde el inicio de la crisis (tercer trimestre de 2008) ha sido de 240.000 millones (un crecimiento del 82%) lo que supone un encarecimiento de alrededor de 3.000 millones anuales EN los pagos por intereses durante los cinco años que tienen de media nuestras emisiones, es decir 15.000 millones que no volverán jamás. Para los tenedores de la deuda anterior a la crisis (355.000 millones de euros) , la subida de los tipos ha supuesto una pérdida en el valor de sus activos de aproximadamente otros 15.000 millones de euros. Esos son los costes del rescate bancario.