sábado, 23 de marzo de 2013

Un 'reality show' financiero

Lo de Chipre no deja de ser un espectáculo, un reality show: el show de Truman de unos depositantes atrapados en una isla. Los demás asistimos con morbo a lo que está ocurriendo desde el otro lado de la pantalla y reflexionamos y discutimos acerca de todos los aspectos del problema: lo que debe sentirse, si es justo, que haríamos si nos tocara a nosotros…pero en el fondo tenemos la íntima satisfacción de que eso no puede ocurrir aquí, porque la realidad es grande y compleja, y lo de Chipre no deja de ser un plató de televisión, un gran escenario donde se experimenta lo que podría sentir una población que ve peligrar sus ahorros.

Las soluciones para la banca chipriota han variado desde un mal llamado impuesto sobre los depósitos, que no es sino un canje obligatorio de depósitos por acciones de los bancos, como modo de reforzar la maltrecha solvencia de estos, hasta la posibilidad de crear dos bancos: uno solvente con los activos buenos y los depósitos por los importes garantizados, y otro insolvente con los activos malos y la parte no garantizada de los depósitos para, a continuación, liquidar dicho banco y ver que se puede pagar. Un espectáculo de creatividad e improvisación sólo superado por la creación precipitada del euro en su día.

¿Quién ha convertido esto en un espectáculo? Pues probablemente las autoridades chipriotas y europeas con su indecisión para aplicar los mecanismos que están en contemplados en la legislación y en los protocolos de actuación de un banco central y de un supervisor bancario, para el caso de que no sean el mismo.

Las crisis podría haber sido en un principio de liquidez, aunque ésta ya lo es, pero por culpa de la citada indecisión que está obligando a mantener los bancos cerrados. En tal caso, el BCE debe actuar como lo que es: el prestamista en última instancia, le guste o no. Recapitulemos: el negocio bancario sólo pueden ejercerlo un grupo de entidades autorizadas que se caracterizan por ser las únicas que pueden captar depósitos a la vista. El depósito a la vista es la amenaza permanente a la estabilidad financiera, porque los depositantes pueden retirar su dinero en cualquier momento. Por eso sólo se permite a muy pocas empresas actuar como bancos y a cambio de les promete asistencia financiera si la retirada de depósitos es masiva.

La crisis parece que es de solvencia. Los activos de los bancos chipriotas superan a sus pasivos. El mecanismo aquí es otro: liquidación de la entidad y anticipo desde el correspondiente mecanismo de garantía de depósitos de los importes garantizados a los depositantes. De la liquidación que se cobren los depositantes por la parte que no se les ha anticipado y el garante de los depósitos por el anticipo. Los demás, como nos explicaba muy bien Christian Torres en las páginas de este periódico el pasado día 20, que vayan cobrando respetando el orden de prelación hasta donde llegue.

Hasta aquí: ¿todo teoría? Sí. Pero es la teoría, que se ha aplicado en otras ocasiones y que menores daños comporta. Además, era la teoría sobre el comportamiento esperado de los bancos centrales y de los supervisores bancarios y como tal teoría era la que estaba incorporada a la legislación, los protocolos de actuación y a los procesos de toma de decisiones de los agentes y a los precios de los activos, pero lo que es más relevante: al ambiente de confianza que permite hacer negocios. No era un esquema que asegurase que bajo ninguna circunstancia se producirían pérdidas, sino cómo actuarían las autoridades y quien asumiría dichas pérdidas. Era el escenario previsible para situaciones altamente improbables.

Las autoridades con su indefinición, con su miedo a aplicar las normas de las que ellas mismas se han provisto y nos han provisto, su capacidad para crear enemigos públicos que les justifiquen y su pericia podrán más o menos lidiar con el problema al que ahora se enfrentan. Sin embargo, es muy peligroso lo que están haciendo, porque han creado un mundo de absoluta incertidumbre. Las instituciones, el Estado también, se justifican por la reducción de incertidumbre que producen. La incertidumbre se reduce porque, aunque no podemos prever el futuro, de las instituciones sí podemos esperar unas respuestas y no otras a los sucesos que se nos presentan. Y esto no esto no es contrario a cierta capacidad de adaptación a las circunstancias, pero dentro de un marco. Las autoridades se están cargando el marco en aras de la sobrevalorada flexibilidad. Sin marco, no hay orden. Sin orden, el caos.

viernes, 1 de marzo de 2013

Gobierno corporativo y crisis empresariales

Estoy casi seguro de que las instituciones bancarias que han necesitado ayuda pública y cuyos responsables están en estos días pasando por los tribunales no han incumplido la regulación que les era aplicable. Algunos dirán que si es así, la normativa era insuficiente porque no recogía situaciones como las que hemos vivido y otros que la ley no puede preverle todo y que los malos siempre van por delante.

A estos últimos les añadiría que dichos responsables tampoco eran malvados buscadores de resquicios legales. ¿Entonces qué ha pasado? ¿Cómo es posible que si se ha cumplido la ley todo haya salido tan mal?Pues muy sencillo, y este es uno de los grandes errores en los que caemos hoy en día, el cumplimiento de la ley no asegura el buen fin de las acciones humanas pero, además, es que el cumplimiento de la ley se ha convertido, al menos en lo tocante a la regulación empresarial, y financiera en particular, en una cuestión meramente formal.

Cumplir la ley no asegura que las entidades estén bien gestionadas ni vayan a obtener buenos resultados, ni siquiera que las acciones de sus directivos sean moralmente irreprochables. Por ejemplo: cumplir con el coeficiente de recursos propios, es decir tener una solvencia mínima exigida por ley no asegura que dicha solvencia se vaya a mantener siempre, ni tan siquiera que no vaya a deteriorarse rápidamente, como un montón de nieve al sol.

Los directivos pueden ser responsables de las decisiones que tomaron y de la falta de previsión, pero esa responsabilidad no puede ser penal: la impericia se castiga de otro modo. Los comportamientos que puedan tipificarse de penales, que son muy minoritarios, ya estaban recogidos en el código correspondiente hace mucho.

No hablemos de las obligaciones legales, relativamente recientes, que imperan en la comercialización de productos financieros y que son tan meramente formales, que a veces parece que más se han promulgado para defender a las entidades de los clientes que a estos últimos.
Así, de lo que se quejan de verdad los consumidores de servicios bancarios, si llevan razón, son de engaños, que no requerían tanta regulación de las formas de contratación.

Pero si algo se lleva la palma de la absurda formalidad que nos invade es, sin duda, la regulación sobre buen gobierno corporativo. Seguro que los informes de buen gobierno corporativo de las entidades nacionalizadas porque estaban en una situación muy deficiente, tan deficiente que hacía temer por los depósitos del público, cumplían con todos los requisitos exigibles: adecuada separación de funciones, comisiones de riesgos y de auditoría y control que aprobaban las operaciones dentro de sus atribuciones y revisaban las mismas, respectivamente, como corresponde.

No hablemos ya de las comisiones de retribuciones que daban a cada uno lo suyo sin duda alguna. ¿Y qué descubrimos? Pues que los pecados de los directivos no han sido básicamente el incumplimiento de la norma sino otras cosas. Descubrimos que los problemas de las entidades eran que sus administradores no entendían lo que leían, cuando lo leían, en muchos casos. Que los administradores firmaban lo que se les ponía delante y pretenden, sólo con eso, quedar exonerados de sus culpas, porque dicen que les decían que se estaba cumpliendo con la ley y, probablemente, así era.

Al margen de corruptelas menores muy frecuentes (un crédito ventajoso, un empleo para un familiar…) y grandes corrupciones muy poco frecuentes, lo que no puede es dirigirse grandes instituciones con esa falta de profesionalidad y despreocupación, por un lado, y de exceso de confianza en la mera formalidad, de otra. Algunos dirán que en estas entidades tan grandes es imposible hacerlo de otro modo y que hay que descansar en otros y que basta con el control formal. Sin embargo, está claro que no es así a la vista de lo visto y que habrá que replantearse la pasión por la concentración, que parece animar a nuestras autoridades.

En cualquier caso, no parece que la regulación especial de las grandes instituciones, ni la más especial de las que operan en el sector financiero sirva para nada y más bien parece que, al contrario, es la ordinaria la que puede servir para solucionar esta problemática.
Una regulación penal que tipifique las conductas irresponsables de los que ponen en peligro los ahorros del público y otra concursal que depare a las entidades financieras la misma suerte ante sus errores, o la mala suerte, que para el resto de compañías mercantiles.

La regulación especial, en tanto que vinculada siempre a algún tipo de tutela o supervisión pública, hace siempre corresponsable del fracaso empresarial de las instituciones especialmente reguladas al sector público. No otra cosa es lo que nos está ocurriendo. Las responsabilidades siempre han de ser individuales, porque cuando son colectivas no sirven de nada.